por César Gala Vallejo
La Ley 27/2011, de uno de agosto, inserta en el BOE del día 2 siguiente, sobre autorización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, en su Disposición adicional séptima acoge un cambio institucional en la organización gestora de la Seguridad Social destinado a modernizar, simplificar y agilizar la gestión de los ciudadanos

Este cambio se enmarca, como dice la Ley en su preámbulo, “en las orientaciones de la Recomendación octava del Pacto de Toledo, respecto de la relación existente entre la eficacia y legitimidad de los mecanismos de protección social y una gestión que responda adecuadamente con agilidad y de forma simplificada a las demandas de los ciudadanos”.
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